POLITICA Y ECONOMIA - Política y corrupción

Viejos conceptos para problemas actuales.

LA CORRUPCIÓN POLITICA

 

          Explica Gianfranco Pasquino, que corrupción política es el fenómeno por medio del cual un funcionario público es impulsado a actuar de modo distinto a los estándares normativos del sistema para favorecer intereses particulares a cambio de una recompensa. Corrupto es, por lo tanto, el comportamiento ilegal de aquel que ocupa una función en la estructura estatal. Distingue tres tipos de corrupción: la práctica del cohecho, el nepotismo y el peculado. Quienes usan la corrupción para influir ilegítimamente en las decisiones públicas, buscan hacerlo en tres niveles: antes que nada en la fase de elaboración de las decisiones, luego cuando las normas son aplicadas por la administración pública y finalmente cuando se hacen valer las normas contra los transgresores (1).

          La noción de corrupción tiene contornos imprecisos, pudiendo variar con las épocas y las culturas, aunque en sustancia,  se presenta como la antítesis de la virtud moral y política, y no es casual su identificación vulgar con lo que tiene mal olor, con lo que se echa a perder y se pudre, ya que este vicio de las acciones humanas lleva a la descomposición de las instituciones, tanto públicas como privadas. El concepto de corrupción está emparentado con las ideas de ilicitud, disvalor, inconducta, fraude, venalidad, degradación, falta de transparencia, mala fe, mala práctica, etc.

          Permítaseme la licencia, si es posible, de tratar el concepto de corrupción como una entelequia, es decir, algo que encierra en sí mismo el principio y fin de su acción; pero negativa, ya que no lleva a la perfección, como la concebía Aristóteles (2), sino a su término opuesto.

          La corrupción compra y vende voluntades y actos de individuos que con su conducta van minando las organizaciones humanas, desnaturalizándolas; busca destruir lo que se le opone y sustituir un orden por otro, “funcional” a sus propios objetivos y fines. Si le es posible, se vale de estructuras que ya existen, y las coopta, las toma, para usarlas como parte de su propio sistema.

          En este esquema, están entre sus objetivos el poder político y el económico. Por ello, no extrañe a nadie que busque efectuar su metástasis tanto en terrenos del sector público como privado. Tanto en las esferas del Estado como de las organizaciones intermedias, y en el ámbito de las empresas.

          Es decir que dentro del Estado, todas sus funciones son del interés de la corrupción. Comprar legisladores, jueces y administradores de la cosa pública, ha de cautivar sin duda al corruptor ya que además de resultarle conveniente y práctico, le deja el dulce y perverso sabor de comprobar que todo en esta vida tiene precio, y que además de quien lo pague, existe también quien se encuentra dispuesto a percibirlo.

          La Convención Interamericana contra la Corrupción, ratificada por nuestro país, enuncia en su artículo VI, como actos de corrupción, de forma no taxativa: a. El requerimiento o la aceptación, directa o indirectamente, por un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas; b. El ofrecimiento o el otorgamiento, directa o indirectamente, a un funcionario público o a una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para ese funcionario público o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas;  c. La realización por parte de un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas de cualquier acto u omisión en el ejercicio de sus funciones, con el fin de obtener ilícitamente beneficios para sí mismo o para un tercero; d. El aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de cualesquiera de los actos a los que se refiere la convención; e. La participación como autor, co-autor, instigador, cómplice, encubridor o en cualquier otra forma en la comisión, tentativa de comisión, asociación o confabulación para la comisión de cualquiera de los actos a los que se refiere la convención.

          No todo pasa en materia de corrupción dentro del terreno de acciones específicas vinculadas a intercambios ilegales de influencias y recompensas entre funcionarios y ciudadanos, como puede ser el caso de coimas en un proceso licitatorio para la adjudicación de una obra pública; o entre funcionarios de las distintas esferas del Estado, verbigracia, para que se vote (o no) determinada ley. En pleno siglo XXI, para combatir la corrupción debe poder reconocérsela más allá de una concepción jurídica, yendo hasta lo ético de las conductas.

Corrupción electoral

          Así, también es corrupción el uso abusivo y demagógico del poder público por las autoridades favoreciendo intereses sectoriales que no se corresponden con la realización del bien común, buscando como recompensa beneficios políticos, verbigracia, apoyos o consensos electorales. Suele ocurrir que antes de las elecciones se utilicen fondos públicos repartiéndose mercaderías y subsidios, contratos y nombramientos.

          El germen de la corrupción puede estar latente en las promesas de campaña preelectoral de los candidatos a cargos electivos, para conseguir votos, si a cambio de legitimación y sostén (consensos electorales) se ofrecen toda clase de recursos públicos de los que se puede disponer durante la permanencia en el gobierno: cargos y empleos públicos, financiamientos, licencias, etc. El financiamiento de políticos y sus pretensiones electorales, conformó siempre una de las bases de la corrupción política (3).

         Aun cuando por lo general no se cumplan las promesas electorales, es obvio que en la medida que sea de interés para el político, se generará un compromiso con ciertos sectores que deberá ser satisfecho de algún modo, en lo que se da en llamar clientelismo político, por consistir en formas de personalización del poder mediante la adquisición de consenso a través de un intercambio que modifica las reglas vinculantes de distribución o reparto (4).

 

FUENTES:

(1)   Bobbio – Matteucci – Pasquino – “Diccionario de Política” Tomo I págs. 377/379, desarrollado por Gianfranco Paschino.

(2)   Muller, Max y Halder, Alois – “Breve diccionario de filosofía”, pág. 132.

(3)   Vitelli, Guillermo – “Negocios, Corrupciones y Política”, págs. 527/530.

(4)  Bobbio – Matteucci – Pasquino – “Diccionario de Política” Tomo I  págs. 234/236, desarrollado por Alfio Mastropaolo. 

 

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