FILOSOFIA JURIDICA - Teorías jurídicas

Se explican posiciones jusfilosóficas según se reconozcan una, dos o tres dimensiones al derecho.

                    El saber filosófico trabaja con un nivel de  conocimiento sobre los primeros principios y las últimas causas de las cosas, que se expone en teorías extraídas en parte de la razón pero fundamentalmente por abstracción del mundo de la existencia.

               La pregunta sobre qué es el derecho, objeto de la filosofía jurídica, aparece al presente en teorías que varían según los elementos que reconocen como constitutivos del derecho.

                *La Teoría unidimensional, en oposición a la doctrina tradicional del derecho sólo reconoce como derecho a la norma jurídica. En la Teoría Pura del Derecho (Editorial Universitaria de Buenos Aires, 1992), Hans Kelsen –jusfilósofo alemán, que tomó la ciudadanía norteamericana- se coloca en una posición positivista, es decir, que no reconoce al derecho natural como elemento ni como objeto de la ciencia jurídica, sino únicamente al  derecho positivo, sólo conformado por el ordenamiento jurídico, donde las normas forman una pirámide jurídica en base a una gradación jerárquica.

                Kelsen no niega a la justicia, sino que la separa de la ciencia jurídica, no admitiéndola como elemento integrativo del derecho (Autor citado – “La metamorfosis de la idea de Justicia”, publicada en Cairns y otros – “El actual pensamiento jurídico norteamericano”, págs.. 245/299.

                *En la evolución de la teoría jurídica, efectuó un aporte valiosísimo el argentino Carlos Cossio, con su Teoría Egológica, que incorpora una nueva dimensión al derecho, al conceptuarlo como conducta en interferencia intersubjetiva. Cossio utiliza el vocable egológico (derivado de ego: yo) en vez de subjetivo, para presentar al mismo tiempo como objeto del conocimiento al hombre plenario o sujeto actuante, que se integra en su sentido con el pensamiento cognoscente –o sea con la norma- con que a él lo piensa en su libertad el sujeto cognoscente que lo conoce por comprensión (Autor citado – “El Derecho en el Derecho Judicial” – Editorial Kraft, Buenos Aires, págs. 243 y siguientes).   

                *La Teoría Tridimensional o Trialista del mundo jurídico, de Werner Goldschmidt, encuentra tres dimensiones: la norma, los hechos o  conducta y la justicia, conforme a lo cual podría decirse que el fenómeno jurídico es un orden de repartos de potencia e impotencia (elemento sociológico), descripto e integrado por las normas (elemento normativo) y valorado por la justicia como justo o injusto (elemento dikelógico) (Goldschmidt - Introducción filosófica al derecho - La Teoría Trialista del mundo jurídico y sus horizontes" - Depalma, Buenos Aires, 1987).

                Al decir de Germán Bidart Campos, se trata de un iusnaturalismo moderno, compaginado con la teoría de los valores, que sin apartarse de la línea tradicio­nal del derecho natural, lo fortalece y lo vivi­fica con un acercamiento a la realidad que llega a culminar en la inserción plena y cabal de la justicia dentro del mundo jurídico.

                   Genuino continuador de esta línea jusfilosófica, es el jurista rosarino Ciuro Caldani, catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, quien en la actualidad aparece como principal exponente de la teoría trialista.

                       En la Facultad de Derecho de la Universidad  Católica de Santa Fe, la Cátedra de Derecho Público a cargo del profesor Juan Carlos Puig –quien fue Ministro de Relaciones Exteriores de Cámpora-, usaba en la época en que el suscripto realizaba sus estudios de grado, la metodología de la teoría tridimensional del mundo jurídico,  para explicar las distintas situaciones internacionales que iban conformando al derecho de la comunidad internacional. Como autor enrolado en la corriente trialista, escribió: "Derecho de la comunidad internacional", Keynes, Rosario, v.I, 1963; "Estudios de derecho y política internacional", Buenos Aires, Depalma, 1970; "El caso de la International Petroleum Co. - Aspectos normológicos, sociológicos y dikelógicos" en "Revista de Derecho Internacional y Ciencias Diplomáticas", Rosario, números 37, 38, 1970, ps. 158 y ss.

FUENTES:

BIDART CAMPOS, Germán.- "Filosofía del Derecho Constitucional" - Ediar, Buenos Aires, 1969.-

COSSIO, Carlos.- "El Derecho en el Derecho Judicial" - Ed. Kraft, Buenos Aires, 1945.-

GOLDSCHMIDT, Werner - "El problema de los métodos en el mundo jurídico" - Ediciones Esnaola, Buenos Aires, 1965.-

KELSEN, Hans - "Teoría Pura del Derecho" -  Eudeba, Buenos Aires, 1994.-

KELSEN, Hans - "¿ Qué es justicia?" - Editorial Planeta Argentina, Buenos Aires, 1993.-

 

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